Tuesday, January 24, 2012

La Facultad de Derecho y el Grupo de Estudios en internet, Comercio Electrónico, Telecomunicaciones e Informática (GECTI) de la Universidad de los Andes, Hewlett-Packard, Microsoft y Baker & McKenzie Colombia se complacen en invitarlo(a) al seminario:
TENDENCIAS INTERNACIONALES SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SU IMPACTO EN COLOMBIA
Febrero 7 de 2012 de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Lugar: Auditorio Mario Laserna A (Calle 19 A No. 1-96 Este) de la Universidad de los Andes (Bogotá – Colombia)
Entrada libre. Es indispensable confirmar su asistencia a:
Claudia Rodríguez clarodri@uniandes.edu.co. +57 1 3394949 Ext. 4851

Thursday, October 13, 2011
Por: NELSON REMOLINA ANGARITA 
El jueves 6 de octubre de 2011 el Presidente de la Corte Constitucional de la República de Colombia anunció que dicha Corporación encontró ajustado a la Constitución la mayoría del texto del proyecto de ley estatutaria por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.
Unos artículos fueron declarados inexequibles totalmente (27, 29, 30 y 31) y otros inconstitucionales parcialmente (8, 20,23 y 26)
Aún no se ha publicado el texto de la sentencia cuyo número es la C-748 de 2011. Mientras tanto pueden escuchar el pronunciamiento oficial sobre la decisión tomada: Conferencia de prensa de la Corte Constitucional sobre la ley general de protección de datos personales
La versión oficial de la decisión de la Corte lo puede consultar aca: Comunicado No 40 (Octubre 5 y 6 de 2011)
Tuesday, September 27, 2011
Por NELSON REMOLINA ANGARITA 
El cloud computing está de moda. Su implementación involucra retos y riesgos jurídicos para las organizaciones.En el siguiente texto plantearemos algunos desde la perspectiva de la protecciòn de datos personales:
Cloud computing y protección de datos personales: aunque la responsabilidad esté en la nube, la responsabilidad se asumen en la tierra (Períodico Ambito Jurídico No 330 de septiembre 19 de 2011. Pág. 12)
Wednesday, August 10, 2011
Por: NELSON REMOLINA ANGARITA
Luego de más de una década la OEA vuelve a incluir en su agenda el tema de la protección de los datos personales. Si se aprovecha bien esta oportunidad se puede hacer mucho por toda latinoamérica.
Ojalá la OEA no se quede únicamente en expedir una mera declaración de derechos sobre protección de datos personales (de este tipo de documentos ya existen suficientes en el mundo). Lo más importante consiste en crear mecanismos efectivos para la real protección de los mismos. En este sentido, me sumo a lo expresado por la Comisión Europea cuando planteó que “las normas sobre protección de datos únicamente contribuyen a la protección de los individuos si se aplican en la práctica”.
Mayor detalle sobre este tema puede consultarse en: Retos de la OEA en materia de protección de datos personales (julio-agosto de 2011)
Por Nelson Remolina Angarita 
Sometemos a consideración de los lectores nuestra intervención ciudadana ante la Corte Constitucional sobre la futura ley de protección de datos personales. Elevamos trece (13) solicitudes a dicha Corporación.
Nos parece que el texto de la ley no es malo, pero lamentablemente fue deformado y mutilado gravemente durante su trámite en el Senado de la República de Colombia y en la muy peculiar “conciliación” que al final realizaron el Senado y la Cámara.
Por Nelson Remolina Angarita 
Durante el último año (marzo de 2010 a marzo 22 de 2011) la Superintendencia de Industria y Comercio ha impuesto 86 multas por infracción a la ley 1266 de 2008, comúnmente conocida ley de habeas data financiero. Todas ellas suman $1.951.026.150 (US$1,004,500 aprox) . Las multas oscilan entre $2.678.000 (US$1,434 aprox) y $77.250.000 (US$41,376 aprox). Existen empresas que han sido multadas varías veces. Una de ellas, por ejemplo, ha sido objeto de 13 sanciones.
Las empresas deben adoptar medidas para evitar lesionar los derechos de los titulares de los datos personales. Acá no sólo pierden dinero y tiempo sino que se ve comprometido su buen nombre, su credibilidad y la confianza de sus clientes y terceros se desmorona.
Por: Nelson Remolina Angarita
En el siguiente link encontrarán la presentación del proyecto de tesis doctoral que estoy adelantando en la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá, Colombia) sobre recolección internacional de datos personales que realicé durante el XIV Congreso Iberoamericano de Derecho Informático del 25 al 30 octubre de 2010: http://www.youtube.com/user/jurimetria?hl=es#p/u/8/sdP9I60Olfw .
El evento se realizó en Monterrey (México) y lo organizó la FIADI (Federación Iberoamericana de Asociaciones de Derecho e Informática) y la Universidad de Nueva León. Mi intervención inicia en el minuto 8:00 y culmina en el 56:57
Este tema reta al derecho y pone a prueba la capacidad de los Estados en la defensa de los derechos de sus ciudadanos frente a fenómenos extraterritoriales. Ver mi post del 24 de junio de 2010: http://www.habeasdata.org.co/2010/06/24/la-recoleccion-o-captura-internacional-de-datos-en-internet-otro-aspecto-que-pone-a-prueba-la-capacidad-de-los-estados/
Les agradezco remitirme sus opiniones sobre el tema a: nremolin@uniandes.edu.co
Wednesday, December 29, 2010
Por Nelson Remolina Angarita
El 16 de diciembre de 2010 el Congreso aprobó el Proyecto de ley estatutaria No.184 de 2010 Senado, 046 de 2010 ”por el cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales“. Para que se convierta en ley aún falta el concepto de la Corte Constitucional y la sanción presidencial correspondiente.
La importancia de esta iniciativa consiste en establecer las reglas del tratamiento de todo tipo de dato personal (salvo algunas excepciones) tanto en el sector público como privado. La futura norma será complementaria de la ley 1266 de 2008 la cual únicamente aplica al dato comercial y financiero, entendido como aquel relacionado con el cumplimiento e incumplimiento de obligaciones dinerarias.
Por: Nelson Remolina Angarita 
Dejamos a consideración de la comunidad el Documento GECTI No 11 de 2010 “Propuestas para mejorar y aprobar el proyecto de ley estatutaria sobre el derecho fundamental del habeas data y la protección de los datos personales”. Este recoge nuestras observaciones remitidas el 24 de noviembre de 2010 al Senado de la República sobre el proyecto de ley estatutaria del habeas data y la protección de los datos personales que se encuentra en estudio por parte de dicha Corporación.
Recalcamos la necesidad de trabajar más en crear una autoridad de control autónoma, independiente, técnica y con suficientes recursos humanos y económicos para que cumpla su cometido.
La efectividad de los derechos de los titulares de los datos personales es el tema de los temas. Es un aspecto enorme y de fondo que no debe maquillarse ni menospreciarse. Esta cuestión es el combustible de una buena protección de los derechos de las colombianas y los colombianos.
Friday, November 26, 2010
Por: Nelson Remolina Angarita 

En esta columna encontrará información que puede ser útil para reflexionar sobre la información que estamos colocando en internet y los riesgos que ello puede involucrar:
“Striptease informativo, redes sociales, ley de protección de datos personales y ética empresarial”
Se hace un llamado de alerta al Congreso colombiano para que en el proceso actual de aprobación de una nueva ley sobre habeas data y protección de datos no se deje influenciar indebidamente por las personas contratadas por una empresa para impedir que en Colombia se cuenta con una buena ley de protección de datos.