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Congreso internacional sobre protección de datos personales y la ley 1266 de 2008 (habeas data)

Por: Nelson Remolina Angarita Congreso internacional de proteccion de datos 2009Congreso internacional de proteccion de datos 2009congreso_gecti.png

La Universidad de los Andes de Bogotá (Colombia), el GECTI y habeasdata.org realizaron el 26 de mayo de 2009 un congreso internacional sobre protección de datos personales y la ley 1266 de 2008. Se trató de una cita académica en la que de la mano de expertos internacionales y nacionales se debatieron aspectos cardinales entorno al derecho de protección de datos personales y la ley colombiana 1266 de 2008.

Los conferencistas internacionales fueron Ana Brian (Uruguay), Artemi Rallo (España), Eduardo Campos (Portugal) y Danilo Doneda (Brasil). Por Colombia intervinieron Lina Marcela Escobar, Santiago Díaz Patiñio, José Alejandro Bermudez y Nelson Remolina Angarita.

Colombia debe despertar luego de muchos años sin ley de protección de datos personales. Aunque el texto de la misma tiene muchos reparos, ello no es óbice para que nos centremos en consolidar una cultura del tratamiento debido de los datos personales que redundará en beneficio de todos.  

Las presentaciones del Congreso pueden ser consultadas en http://gecti.uniandes.edu.co/eventos.html

Alerta sobre la primera propuesta de reglamentación de la ley de habeas data: ¿Hacia una cultura de secretismo?

Actualmente se encuentra en trámite la expedición del primer decreto reglamentario de la Ley Estatutaria 1266 de 2008, conocida como la ley de habeas data. En esta ocasión se busca desarrollar el mandato del artículo 14 que ordena al Gobierno Nacional establecer la forma mediante la cual los bancos de datos deben presentar la información de los titulares de la información.   (Continued)

28 de enero: dia internacional de la protección de datos personales

Por: Nelson Remolina Angarita.subditodatos personales

El habeas data y la protección de los datos personales son componentes consustanciales a la democracia. Según el profesor Stefano Rodota este derecho se transforma en “elemento capital de la libertad del ciudadano en la sociedad de la información y de la comunicación”. 

La obtención y comercialización ilegal de datos personales es un delito: Algunas implicaciones de la ley 1273 de 2009.

Por: Nelson Remolina Angarita.  

  • Comienza el año 2009 con la promulgación de leyes relacionadas con el “derecho informático”. En ocasión anterior referenciamos la expedición de la Ley Estatutaria 1266 de 2008 relativa a la protección de datos personales y el habeas data. Se suma a la anterior la Ley 1273 de 2009 “por medio de la cual se modifica el código penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”· y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones“. 

Ver texto completo en http://relatorestematicos.uniandes.edu.co/index.php/proteccion-datos-personales/relatoria/131-ley-1273-de-2009.html  

 

La ley 1266 de 2008

Consulte la Ley Estatutaria 1266 de 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del habeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial y de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”. La ley fue avalada por la Corte Constitucional pero bajo muchos entendidos y aclaraciones. Por eso sugerimos leer la sentencia C-1011 de 2008.

Ver texto completo en: http://relatorestematicos.uniandes.edu.co/index.php/proteccion-datos-personales/relatoria/132-ley-1266.html

Los regalos de navidad que traerá la nueva ley estatutaria de “habeas data”

 Por: Nelson Remolina Angarita     Feliz navidad

Abra los regalos de navidad que te trae la nueva ley sobre habeas data. 

Feliz navidad y un exitoso 2009.

 .      

¿Por qué el Presidente de la República debería objetar el proyecto de ley estatutaria 221 de 2007 Cámara/ 27 de 2006 Senado?

Por: Nelson Remolina Angarita 

Mediante sentencia C-1011 de 2008 la Corte Constitucional avaló, bajo el supuesto de “muchos entendidos”, el proyecto de ley estatutaria conocido como de “habeas data”.  No resta sino la sanción presidencial para que dicho texto se convierta en ley. Desde este espacio personal y académico planteo algunos motivos  por los cuales se deberían objetar determinados artículos del proyecto. Estos se circunscriben a razones de inconveniencia para el país y a un clamor en pro de salvaguardar la dignidad de los ciudadanos. Veamos:  

¿Qué le hace falta a Colombia para que sea considerado internacionalmente como un país con nivel adecuado de protección de datos personales?

 

Por: Nelson Remolina Angarita 

Colombia y otros países latinoamericanos buscan que la Comisión Europea los  catalogue como un lugar que garantiza un nivel adecuado de protección de los datos personales.  Se trata de un requisito para que se de luz verde al envío de dicha clase de información desde el viejo continente. Esto traerá muchos beneficios para el país pues el flujo internacional de datos es un factor cardinal para el desarrollo de varias actividades. Para el gremio de los call centers, por ejemplo, el contar con dicho aval representa la creación de un número importante de puestos de trabajo.

Ver texto completo en:  http://relatorestematicos.uniandes.edu.co/index.php/proteccion-datos-personales/relatoria/135-proteccion-de-datos-personales-.html 

País Transf
Argentina 141
Chile 17
Colombia 16
Perú 9
Uruguay 5
Paraguay 4
Méjico 2
Costa Rica 2
Brasil 1

Gráfica sobre el número de transferencias internacionales de datos personales desde España a países latinoamericanos durante el período 2005 a mayo de 2008.  

 

 

Protección de datos personales en América Latina. Algunos logros y varios retos pendientes.

Por Ana Brian Nougrères, Danilo Doneda, Renato Jijena Leiva, Pablo Palazzi y Nelson Remolina

Esta nota es parte de una serie que los autores escribirán con la intención de publicar contenidos comunes a los blogs de la red latinanoamericana de protección de datos personales y difundir los aspectos mas importantes de la protección de datos personales en la región. Con ella se pretende busca introducir al lector al estado actual de la e datos personales en la región latinoamericana.

El futuro de la protección de los datos personales de las colombianas y los colombianos está en manos de la Corte Constitucional

 Por: Nelson Remolina Angarita 

En junio de 2007 el Congreso de la República de Colombia aprobó el proyecto de ley estatutaria 221 de 2007 Cámara/ 27 de 2006 Senado . El artículo 153 de la Carta Política de 1991 establece que dentro del trámite de expedición de leyes estatutarias es necesaria la “revisión previa, por parte de la Corte Constitucional, de la exequibilidad del proyecto” y que cualquier ciudadano puede ”intervenir para defenderla o impugnarla”.